/ domingo 3 de mayo de 2020

Atropellos al Estado laico

México es un país laico y de libertades, un país plenamente consciente de la importancia de los derechos humanos, entre ellos el de libertad de religión, un derecho fundamental que consiste en que todas las personas son libres de escoger la religión de su preferencia.

El artículo 24 constitucional establece con absoluta claridad que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.

Añade el ordenamiento jurídico antes mencionado que la libertad de religión “incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”.

Es obligado reconocer que este derecho lo tienen también los servidores públicos, aunque en un Estado laico como el nuestro, las creencias personales de los servidores públicos son irrelevantes, simple y sencillamente porque ninguno de ellos tiene permitido involucrarlas en la cosa pública, señalan los investigadores Bernardo Barranco y Roberto Blancarte en su obra AMLO y la religión.

¿Cuál es el problema cuando los funcionarios públicos pretenden difundir entre la población sus convicciones religiosas? Los autores antes mencionados se remontan al tiempo de Juárez, creador del Estado laico, para señalar en respuesta a la anterior pregunta que el verdadero problema estriba en no hacer una distinción entre sus creencias religiosas y su carácter como servidores públicos, “cuya función debía permanecer alejada de cualquier mezcla entre religión y política”.

Un servidor público puede ser católico o evangélico, judío o musulmán. Tiene derecho a ser lo que él quiera en el ámbito de la religión. Lo que no puede ni debe hacer es valerse de su investidura para hacer manifestaciones públicas de sus convicciones religiosas, buscando con ello favorecer a una religión en particular.

El Estado laico, “independiente de cualquier organización o confesión religiosa”, no desconoce las creencias religiosas de los funcionarios públicos; sin embargo, ordena con claridad cómo debe ser el comportamiento de éstos:

“Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares” (Artículo 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público).

Esto es justamente lo que no hacen muchos miembros de la clase política mexicana. Mencionaré como ejemplo de mi aseveración el caso de Jesús Guerrero Zúñiga, alcalde de Zapotlán El Grande, Jalisco, quien el pasado 27 de abril participó en una procesión religiosa católica cargando el trono de San José, considerado santo patrono de Ciudad Guzmán.

El edil no respetó el artículo 40 constitucional, el cual establece de manera explícita que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república laica, representativa, democrática”. Guerrero Zúñiga tampoco respetó la cuarentena o aislamiento que, con el propósito de disminuir la transmisión del Covid-19, limita el movimiento de las personas por las calles.

Los medios de comunicación destacaron sólo esto último, pero al pasar por alto la violación al Estado laico olvidaron que la función social del periodismo consiste en cuestionar los atropellos a la ley por parte de los servidores públicos, sobre todo si se trata de violaciones a principios tan importantes como el de laicidad y separación del Estado y las iglesias.

En repetidas ocasiones he señalado en este espacio de opinión que me parece muy respetable que los gobernantes y políticos de nuestro país profesen la religión de su preferencia. También he señalado en innumerables ocasiones que los políticos deben de guardar sus creencias para su fuero interno, y no intentar imponerlas a las personas que profesan un credo religioso distinto al de ellos.

Corresponde a la Secretaría de Gobernación analizar el caso de éste y otros funcionarios que han violentado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para hacer valer el Estado de Derecho. Sólo así se fortalecerá el Estado laico, el cual es imprescindible para garantizar la libertad de religión a todos los mexicanos.

Twitter: @armayacastro

México es un país laico y de libertades, un país plenamente consciente de la importancia de los derechos humanos, entre ellos el de libertad de religión, un derecho fundamental que consiste en que todas las personas son libres de escoger la religión de su preferencia.

El artículo 24 constitucional establece con absoluta claridad que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.

Añade el ordenamiento jurídico antes mencionado que la libertad de religión “incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”.

Es obligado reconocer que este derecho lo tienen también los servidores públicos, aunque en un Estado laico como el nuestro, las creencias personales de los servidores públicos son irrelevantes, simple y sencillamente porque ninguno de ellos tiene permitido involucrarlas en la cosa pública, señalan los investigadores Bernardo Barranco y Roberto Blancarte en su obra AMLO y la religión.

¿Cuál es el problema cuando los funcionarios públicos pretenden difundir entre la población sus convicciones religiosas? Los autores antes mencionados se remontan al tiempo de Juárez, creador del Estado laico, para señalar en respuesta a la anterior pregunta que el verdadero problema estriba en no hacer una distinción entre sus creencias religiosas y su carácter como servidores públicos, “cuya función debía permanecer alejada de cualquier mezcla entre religión y política”.

Un servidor público puede ser católico o evangélico, judío o musulmán. Tiene derecho a ser lo que él quiera en el ámbito de la religión. Lo que no puede ni debe hacer es valerse de su investidura para hacer manifestaciones públicas de sus convicciones religiosas, buscando con ello favorecer a una religión en particular.

El Estado laico, “independiente de cualquier organización o confesión religiosa”, no desconoce las creencias religiosas de los funcionarios públicos; sin embargo, ordena con claridad cómo debe ser el comportamiento de éstos:

“Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares” (Artículo 25 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público).

Esto es justamente lo que no hacen muchos miembros de la clase política mexicana. Mencionaré como ejemplo de mi aseveración el caso de Jesús Guerrero Zúñiga, alcalde de Zapotlán El Grande, Jalisco, quien el pasado 27 de abril participó en una procesión religiosa católica cargando el trono de San José, considerado santo patrono de Ciudad Guzmán.

El edil no respetó el artículo 40 constitucional, el cual establece de manera explícita que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república laica, representativa, democrática”. Guerrero Zúñiga tampoco respetó la cuarentena o aislamiento que, con el propósito de disminuir la transmisión del Covid-19, limita el movimiento de las personas por las calles.

Los medios de comunicación destacaron sólo esto último, pero al pasar por alto la violación al Estado laico olvidaron que la función social del periodismo consiste en cuestionar los atropellos a la ley por parte de los servidores públicos, sobre todo si se trata de violaciones a principios tan importantes como el de laicidad y separación del Estado y las iglesias.

En repetidas ocasiones he señalado en este espacio de opinión que me parece muy respetable que los gobernantes y políticos de nuestro país profesen la religión de su preferencia. También he señalado en innumerables ocasiones que los políticos deben de guardar sus creencias para su fuero interno, y no intentar imponerlas a las personas que profesan un credo religioso distinto al de ellos.

Corresponde a la Secretaría de Gobernación analizar el caso de éste y otros funcionarios que han violentado la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para hacer valer el Estado de Derecho. Sólo así se fortalecerá el Estado laico, el cual es imprescindible para garantizar la libertad de religión a todos los mexicanos.

Twitter: @armayacastro