/ lunes 17 de agosto de 2020

Prohíben en Tabasco venta de comida chatarra a menores

Ya no más máquinas expendedoras en centros educativos de nivel básico ni hospitales públicos o privados

El Congreso del Estado de Tabasco aprobó este lunes la iniciativa del gobernador Adán Augusto López con la que la venta de comida chatarra a menores de edad quedó prohibida.

Así pues, se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de Educación, de Hacienda Municipal y Hacienda de Tabasco.

Las modificaciones, dio a conocer el Congreso, están relacionadas con “la prohibición de la venta, distribución, donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparador con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma solida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad”.

No podrá ser nadie más que sus padres, madres o tutores legales quienes le suministren este tipo de alimentación a los menores.

De este modo, también queda prohibida la instalación la instalación de máquinas expendedoras en los centros educativos de nivel básico, así como en los hospitales públicos y privados, clínicas y centros de salud

El Congreso del Estado de Tabasco aprobó este lunes la iniciativa del gobernador Adán Augusto López con la que la venta de comida chatarra a menores de edad quedó prohibida.

Así pues, se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de Educación, de Hacienda Municipal y Hacienda de Tabasco.

Las modificaciones, dio a conocer el Congreso, están relacionadas con “la prohibición de la venta, distribución, donación, dádiva y suministro de bebidas azucaradas preenvasadas, bebidas azucaradas carbonatadas, golosinas y alimentos preparador con predominio de carbohidratos refinados y grasas vegetales en su forma solida que contengan ácidos grasos hidrogenados en su forma trans, a menores de edad”.

No podrá ser nadie más que sus padres, madres o tutores legales quienes le suministren este tipo de alimentación a los menores.

De este modo, también queda prohibida la instalación la instalación de máquinas expendedoras en los centros educativos de nivel básico, así como en los hospitales públicos y privados, clínicas y centros de salud

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