/ jueves 6 de enero de 2022

No hay un sólo tipo de testamento: te explicamos cuál es mejor para tus herederos

Los testamentos se pueden tramitar con un notario público

Torreón, Coahuila.- En México hay diversos tipos de testamento que puedes usar, el principal objetivo de estos es que le evites un problema a tus herederos.

Sin embargo es importante que sepas que los testamentos se pueden tramitar con un notario público, su costo varía, pero en el mes de septiembre lo puedes encontrar a mitad de precio.

Los más beneficiados son los adultos mayores, ya que en ocasiones, algunos notarios dejan esa promoción permanente solo para ellos.

El primer tipo de testamento es el privado, ese solamente es válido con una persona que esté enferma y no pueda acudir a las oficinas del notario, pero será en presencia de cinco testigos.

El segundo es el testamento público abierto, es el más común y no se requiere de testigos y está el cerrado, el cual se redactará y se sellará, mientras el notario público establecerá fecha y hora en que será abierto.

El tercero es el de ológrafo que escrito en puño y letra del testador, que no tienen ningún valor legal a menos que estén depositado ante la autoridad competente.

El cuarto es el que en la misma escritura de adquisición de un inmueble que es para uso de vivienda se indica quiénes serán los herederos.

Torreón, Coahuila.- En México hay diversos tipos de testamento que puedes usar, el principal objetivo de estos es que le evites un problema a tus herederos.

Sin embargo es importante que sepas que los testamentos se pueden tramitar con un notario público, su costo varía, pero en el mes de septiembre lo puedes encontrar a mitad de precio.

Los más beneficiados son los adultos mayores, ya que en ocasiones, algunos notarios dejan esa promoción permanente solo para ellos.

El primer tipo de testamento es el privado, ese solamente es válido con una persona que esté enferma y no pueda acudir a las oficinas del notario, pero será en presencia de cinco testigos.

El segundo es el testamento público abierto, es el más común y no se requiere de testigos y está el cerrado, el cual se redactará y se sellará, mientras el notario público establecerá fecha y hora en que será abierto.

El tercero es el de ológrafo que escrito en puño y letra del testador, que no tienen ningún valor legal a menos que estén depositado ante la autoridad competente.

El cuarto es el que en la misma escritura de adquisición de un inmueble que es para uso de vivienda se indica quiénes serán los herederos.

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