/ viernes 3 de febrero de 2023

TEPJF declara "inaplicable" el 'Plan B' para Coahuila y Edomex

No puede aplicarse en los comicios de Coahuila debido a que incumple con lo que marca el artículo 105 constitucional

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el "Plan B" de la Reforma Electoral, en su primera parte que entró en vigencia, no se puede aplicar para las elecciones del Estado de México y Coahuila, vislumbrando su inaplicación para el próximo proceso electoral de 2024.

Durante la sesión realizada este jueves 2 de febrero argumentaron acerca de los comicios de Coahuila, explicando que el decreto de reformas a la Ley General de Comunicación Social que aprobaron los legisladores de la autollamada “Cuarta Transformación” (4T) se publicó el pasado 27 de diciembre del 2022, mientras que el proceso electoral de Coahuila inició en enero de este año..

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“Si bien es derecho vigente, no se puede emplear para los casos presentados en el marco de la elección de Coahuila, puesto que la reforma incumple la regla de los 90 días para ser aplicada en un proceso electoral, contenida en el artículo 105 constitucional, argumentó el magistrado Luis Espíndola Morales.

Y es que después del evento masivo realizado por Morena en Coahuila el pasado mes de junio, donde participaron algunos precandidatos a la gubernatura estatal y las “corcholatas” de AMLO, las y los magistrados resolvieron que se violó el artículo 105 de la Constitución.

Por su parte, la Sala Superior del TEPJF declaró en marzo de 2022 inaplicable, en la consulta de revocación de mandato, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de marzo que reinterpreta el concepto de propaganda.

“La Sala Superior determinó que dicha interpretación era contraria a la Constitución. La Constitución, las leyes electorales y los mandatos de la superioridad son ejes que definen y definirán la decisión que hoy tomamos y estaremos tomando en casos venideros”, indicó Espíndola.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el "Plan B" de la Reforma Electoral, en su primera parte que entró en vigencia, no se puede aplicar para las elecciones del Estado de México y Coahuila, vislumbrando su inaplicación para el próximo proceso electoral de 2024.

Durante la sesión realizada este jueves 2 de febrero argumentaron acerca de los comicios de Coahuila, explicando que el decreto de reformas a la Ley General de Comunicación Social que aprobaron los legisladores de la autollamada “Cuarta Transformación” (4T) se publicó el pasado 27 de diciembre del 2022, mientras que el proceso electoral de Coahuila inició en enero de este año..

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“Si bien es derecho vigente, no se puede emplear para los casos presentados en el marco de la elección de Coahuila, puesto que la reforma incumple la regla de los 90 días para ser aplicada en un proceso electoral, contenida en el artículo 105 constitucional, argumentó el magistrado Luis Espíndola Morales.

Y es que después del evento masivo realizado por Morena en Coahuila el pasado mes de junio, donde participaron algunos precandidatos a la gubernatura estatal y las “corcholatas” de AMLO, las y los magistrados resolvieron que se violó el artículo 105 de la Constitución.

Por su parte, la Sala Superior del TEPJF declaró en marzo de 2022 inaplicable, en la consulta de revocación de mandato, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de marzo que reinterpreta el concepto de propaganda.

“La Sala Superior determinó que dicha interpretación era contraria a la Constitución. La Constitución, las leyes electorales y los mandatos de la superioridad son ejes que definen y definirán la decisión que hoy tomamos y estaremos tomando en casos venideros”, indicó Espíndola.

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