/ jueves 19 de enero de 2023

Desecha Tribunal Electoral queja de regidoras de Parras

Pretendían invalidar sesión solemne de ese Ayuntamiento

Saltillo, Coahuila.- El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila (TEE) desechó un recurso promovido por tres regidoras de Parras, en el que pretendían invalidar la Sesión Solemne, en la que el alcalde Fernando Orozco Lara, rindió su informe de actividades.

Por decisión unánime, el pleno del Tribunal determinó que no se vulneraron los derechos político-electorales de las regidoras Brenda Karina Vélez Zurita, Concepción Guadalupe Robles Hernández y María Isabel Verastegui Jacobo.

Las actoras promovieron un juicio para la protección de sus derechos, bajo el argumento que no fueron convocadas a la sesión solemne del 8 de diciembre y que no tuvieron acceso al documento del informe.

En forma unánime, el tribunal resolvió que no se vulneraron los derechos político-electorales de las actoras pues, aunque se les entregó el informe como anexo a la convocatoria, ellas reconocieron que el documento sí les fue remitido al día siguiente, es decir, 22 horas antes de la sesión.

De tal forma que estaban en posibilidades de conocer su contenido y el hecho de que se hubiera sometido a votación el informe para su aprobación, no representó una modificación ilegal al orden del día, porque independientemente de que se hiciera referencia a su entrega, lo cierto es que la única finalidad de la sesión solemne era su presentación y aprobación conforme a las reglas previstas en la ley.

Por lo que, en todo caso, solo se trató de una imprecisión en el término utilizado en el orden del día.

Además, es importante destacar que la mayoría de los integrantes del Cabildo aprobaron el informe anual, de tal forma que, en términos del artículo 95 del Código Municipal, ese acuerdo resulta válido.

Saltillo, Coahuila.- El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila (TEE) desechó un recurso promovido por tres regidoras de Parras, en el que pretendían invalidar la Sesión Solemne, en la que el alcalde Fernando Orozco Lara, rindió su informe de actividades.

Por decisión unánime, el pleno del Tribunal determinó que no se vulneraron los derechos político-electorales de las regidoras Brenda Karina Vélez Zurita, Concepción Guadalupe Robles Hernández y María Isabel Verastegui Jacobo.

Las actoras promovieron un juicio para la protección de sus derechos, bajo el argumento que no fueron convocadas a la sesión solemne del 8 de diciembre y que no tuvieron acceso al documento del informe.

En forma unánime, el tribunal resolvió que no se vulneraron los derechos político-electorales de las actoras pues, aunque se les entregó el informe como anexo a la convocatoria, ellas reconocieron que el documento sí les fue remitido al día siguiente, es decir, 22 horas antes de la sesión.

De tal forma que estaban en posibilidades de conocer su contenido y el hecho de que se hubiera sometido a votación el informe para su aprobación, no representó una modificación ilegal al orden del día, porque independientemente de que se hiciera referencia a su entrega, lo cierto es que la única finalidad de la sesión solemne era su presentación y aprobación conforme a las reglas previstas en la ley.

Por lo que, en todo caso, solo se trató de una imprecisión en el término utilizado en el orden del día.

Además, es importante destacar que la mayoría de los integrantes del Cabildo aprobaron el informe anual, de tal forma que, en términos del artículo 95 del Código Municipal, ese acuerdo resulta válido.

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