/ lunes 16 de diciembre de 2019

Vinculan a proceso judicial a contralor municipal de Monclova

A sabiendas de no cumplir con los requisitos llevó una serie de procedimientos de la controlaría municipal

Frontera, Coahuila. - El Contralor Municipal de Monclova Dr. Juan Antonio Hernández Jiménez fue vinculado a proceso judicial por Ejercicio Indebido de Funciones, al haber desarrollado una serie de actos sin cumplir con los requisitos establecidos por el código municipal, además de varios señalamientos de regidores por permitir acciones de opacidad financiera y administrativa de funcionarios de Monclova.

La parte acusadora a cargo de la Fiscalía Especializada contra Servidores Públicos, insistió en que se violó el Código municipal del estado de Coahuila, que establece que el cargo de contralor municipal debe tener un perfil profesional: Contable; Administrativa o de Economía, mientras que Juan Antonio Hernández, es médico especialista en neuro pediatría.

La fiscalía insistió en que se viola la reglamentación, al no cumplir el requisito establecido, además de señalamientos de miembros del cabildo por su actuación, por su parte el defensor del Contralor Municipal, el ex juez y magistrado en retiro Adrián González, señalo que, si bien se carece del perfil, ha demostrado tener la experiencia necesaria para desempeñar el cargo.

La audiencia de vinculación estuvo a cargo del juez Miguel Ángel Castillo Sarabia, quien después de escuchar una serie de alegatos de las partes determino vincularlo a proceso judicial con un plazo de dos meses para la investigación y reanudar la audiencia intermedia.

Los acusadores pidieron al juez que como medida precautoria se le retiraran de sus funciones, argumentando que podrían cometerse irregularidades en su actuación, el juez señaló que no hay justificación, porque es hasta hoy solo una presunción.

El delito de ejercicio Ilegal del Servicio Público está contemplado en el artículo 436, del código penal y considera pena de prisión de 3 meses a un año, así como multa de 300 a 500 días de multa, al servidor público que:

1.- Ejercicio de funciones sin satisfacer los requisitos legales, ejerza las funciones de un cargo empleo o comisión en una entidad oficial del estado o de cualquiera de sus municipios, sin satisfacer todos los requisitos legales para ser designado, o para continuar en el cargo.

II.- Designación Ilegal de Servidor Público

Designe a una persona como servidor público, a sabiendas que la misma no satisface todos los requisitos legales.

Frontera, Coahuila. - El Contralor Municipal de Monclova Dr. Juan Antonio Hernández Jiménez fue vinculado a proceso judicial por Ejercicio Indebido de Funciones, al haber desarrollado una serie de actos sin cumplir con los requisitos establecidos por el código municipal, además de varios señalamientos de regidores por permitir acciones de opacidad financiera y administrativa de funcionarios de Monclova.

La parte acusadora a cargo de la Fiscalía Especializada contra Servidores Públicos, insistió en que se violó el Código municipal del estado de Coahuila, que establece que el cargo de contralor municipal debe tener un perfil profesional: Contable; Administrativa o de Economía, mientras que Juan Antonio Hernández, es médico especialista en neuro pediatría.

La fiscalía insistió en que se viola la reglamentación, al no cumplir el requisito establecido, además de señalamientos de miembros del cabildo por su actuación, por su parte el defensor del Contralor Municipal, el ex juez y magistrado en retiro Adrián González, señalo que, si bien se carece del perfil, ha demostrado tener la experiencia necesaria para desempeñar el cargo.

La audiencia de vinculación estuvo a cargo del juez Miguel Ángel Castillo Sarabia, quien después de escuchar una serie de alegatos de las partes determino vincularlo a proceso judicial con un plazo de dos meses para la investigación y reanudar la audiencia intermedia.

Los acusadores pidieron al juez que como medida precautoria se le retiraran de sus funciones, argumentando que podrían cometerse irregularidades en su actuación, el juez señaló que no hay justificación, porque es hasta hoy solo una presunción.

El delito de ejercicio Ilegal del Servicio Público está contemplado en el artículo 436, del código penal y considera pena de prisión de 3 meses a un año, así como multa de 300 a 500 días de multa, al servidor público que:

1.- Ejercicio de funciones sin satisfacer los requisitos legales, ejerza las funciones de un cargo empleo o comisión en una entidad oficial del estado o de cualquiera de sus municipios, sin satisfacer todos los requisitos legales para ser designado, o para continuar en el cargo.

II.- Designación Ilegal de Servidor Público

Designe a una persona como servidor público, a sabiendas que la misma no satisface todos los requisitos legales.

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