/ jueves 29 de septiembre de 2022

Coahuila tiene nueva reforma electoral: todo lo que debes saber

Solo falta su publicación en el Periódico Oficial del Estado para entrar en vigor

Saltillo, Coahuila.- Con el visto bueno de 27 cabildos, el Congreso del Estado concluyó el trámite legislativo de la reforma Constitucional en materia electoral y aprobó diversos cambios al Código Electoral de Coahuila.

Durante la sesión del pleno del Poder Legislativo se concluyó la reforma a los artículos 27, 33, 35, 76 y 77 de la Constitución local, en los que se acuerda incorporar dos diputaciones de representación proporcional y garantizar que la paridad de género sea sustantiva, de tal manera que las candidaturas deben ser por competitividad y transversalidad.


Con este cambio, el Congreso del Estado se integra con 16 diputaciones de mayoría y 11 de representación proporcional.

Las dos diputaciones nuevas de representación proporcional serán asignadas exclusivamente a ciudadanos que pertenezcan a cualquier grupo en situación de vulnerabilidad, históricamente discriminado o estructuralmente excluidos.

Para ello, el Estado se dividirá en 2 circunscripciones especiales: la primera se integrará con los distritos locales uno al ocho; y la segunda del distrito nueve al dieciséis.

Por tanto, al aumentarse la conformación del congreso a 27 diputaciones, también se aumentan los márgenes anteriores. Sin embargo, se mantiene el límite de 16 diputaciones, por eso debería aumentarse a 17 el número de diputaciones que como máximo fija la ley para verificar los límites referidos.

Aprueba, por mayoría, el Congreso del Estado la reforma electoral. / Foto: Juan Manuel Contreras | El Sol de La Laguna

En el caso de candidaturas de mayoría relativa y con objeto de garantizar la paridad de género horizontal, la mitad de los distritos se integrará con candidaturas de un género diferente.

REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL EN COAHUILA

En la misma sesión del Congreso del Estado se aprobaron reformas al Código Electoral y a la Ley de Medios de Impugnación, entre las que destaca incluir la causal de inelegibilidad cuando exista una sentencia de condena por cuestiones relacionadas con violencia de género, así como una suspensión temporal a los derechos político-electorales en su vertiente de ser votado.

La reforma incluye que la boleta electoral deberá contener el nombre completo del candidato, así como el apodo o sobrenombre y la fotografía.

Además, se le otorgan facultades al Tribunal Electoral de Coahuila, para que sea el pleno de ese organismo quien pueda nombrar al titular de la contraloría interna.

También se le otorgan más facultades al Tribunal Electoral, para emitir opiniones consultivas relacionadas con el principio de certeza en materia político-electoral, las cuales podrán ser solicitadas por la ciudadanía coahuilense, partidos políticos o cualquier autoridad en el Estado.

La interpretación de los magistrados será vinculante para los partidos políticos y el Instituto, así como a las autoridades estatales y la ciudadanía que se ubique en la hipótesis jurídica en cuestión.

De igual modo, se propone agregar dos infracciones al Procedimiento Especial Sancionador con el que se podría suspender, de manera temporal, el derecho a participar en una contienda electoral, cuando:

Se acredite alguna de las modalidades que tengan connotación de violencia de género que impacte en la vida de las mujeres, afectando la calidad de la ciudadanía.

Se realice una conducta que la ley estime se afecta de manera real e inminente los fines del sufragio, las elecciones libres o el gobierno representativo.

Para ello, se propone incluir la multa (de cinco mil UMAs) como sanción a la ciudadanía, las dirigencias y las personas afiliadas a los partidos políticos, o cualquier persona que cometa violencia política de género, en virtud de que en la actualidad la norma solamente establece la amonestación pública.

Mientras que corresponderá al Instituto Electoral de Coahuila establecer un convenio, para definir el mecanismo más adecuado para garantizar la paridad de género, de acuerdo a los resolutivos que emita, en esta materia el Tribunal Electoral y con base en el contexto que se presente en cada elección.

En el caso de la gubernatura, sí en un sexenio ganó un hombre al siguiente, los partidos deberán postular mujeres. Sin que esto sea una limitante para que se pueda repetir con candidaturas femeninas en dos o más elecciones.

REFORMA EN TOPES DE CAMPAÑA EN COAHUILA

Otra de las reformas se refiere a los topes de gastos de campaña, que en el caso de la elección de gobernador sube de 19 a 50 millones de pesos.

En cuanto a la elección de diputados, el tope de gastos quedará en aproximadamente 3 millones de pesos.

En el tema de la representación proporcional en el Congreso del Estado, se aprobaron cambios para evitar que los partidos que integren una coalición, no estén sobrerrepresentados o subrepresentados.

Saltillo, Coahuila.- Con el visto bueno de 27 cabildos, el Congreso del Estado concluyó el trámite legislativo de la reforma Constitucional en materia electoral y aprobó diversos cambios al Código Electoral de Coahuila.

Durante la sesión del pleno del Poder Legislativo se concluyó la reforma a los artículos 27, 33, 35, 76 y 77 de la Constitución local, en los que se acuerda incorporar dos diputaciones de representación proporcional y garantizar que la paridad de género sea sustantiva, de tal manera que las candidaturas deben ser por competitividad y transversalidad.


Con este cambio, el Congreso del Estado se integra con 16 diputaciones de mayoría y 11 de representación proporcional.

Las dos diputaciones nuevas de representación proporcional serán asignadas exclusivamente a ciudadanos que pertenezcan a cualquier grupo en situación de vulnerabilidad, históricamente discriminado o estructuralmente excluidos.

Para ello, el Estado se dividirá en 2 circunscripciones especiales: la primera se integrará con los distritos locales uno al ocho; y la segunda del distrito nueve al dieciséis.

Por tanto, al aumentarse la conformación del congreso a 27 diputaciones, también se aumentan los márgenes anteriores. Sin embargo, se mantiene el límite de 16 diputaciones, por eso debería aumentarse a 17 el número de diputaciones que como máximo fija la ley para verificar los límites referidos.

Aprueba, por mayoría, el Congreso del Estado la reforma electoral. / Foto: Juan Manuel Contreras | El Sol de La Laguna

En el caso de candidaturas de mayoría relativa y con objeto de garantizar la paridad de género horizontal, la mitad de los distritos se integrará con candidaturas de un género diferente.

REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL EN COAHUILA

En la misma sesión del Congreso del Estado se aprobaron reformas al Código Electoral y a la Ley de Medios de Impugnación, entre las que destaca incluir la causal de inelegibilidad cuando exista una sentencia de condena por cuestiones relacionadas con violencia de género, así como una suspensión temporal a los derechos político-electorales en su vertiente de ser votado.

La reforma incluye que la boleta electoral deberá contener el nombre completo del candidato, así como el apodo o sobrenombre y la fotografía.

Además, se le otorgan facultades al Tribunal Electoral de Coahuila, para que sea el pleno de ese organismo quien pueda nombrar al titular de la contraloría interna.

También se le otorgan más facultades al Tribunal Electoral, para emitir opiniones consultivas relacionadas con el principio de certeza en materia político-electoral, las cuales podrán ser solicitadas por la ciudadanía coahuilense, partidos políticos o cualquier autoridad en el Estado.

La interpretación de los magistrados será vinculante para los partidos políticos y el Instituto, así como a las autoridades estatales y la ciudadanía que se ubique en la hipótesis jurídica en cuestión.

De igual modo, se propone agregar dos infracciones al Procedimiento Especial Sancionador con el que se podría suspender, de manera temporal, el derecho a participar en una contienda electoral, cuando:

Se acredite alguna de las modalidades que tengan connotación de violencia de género que impacte en la vida de las mujeres, afectando la calidad de la ciudadanía.

Se realice una conducta que la ley estime se afecta de manera real e inminente los fines del sufragio, las elecciones libres o el gobierno representativo.

Para ello, se propone incluir la multa (de cinco mil UMAs) como sanción a la ciudadanía, las dirigencias y las personas afiliadas a los partidos políticos, o cualquier persona que cometa violencia política de género, en virtud de que en la actualidad la norma solamente establece la amonestación pública.

Mientras que corresponderá al Instituto Electoral de Coahuila establecer un convenio, para definir el mecanismo más adecuado para garantizar la paridad de género, de acuerdo a los resolutivos que emita, en esta materia el Tribunal Electoral y con base en el contexto que se presente en cada elección.

En el caso de la gubernatura, sí en un sexenio ganó un hombre al siguiente, los partidos deberán postular mujeres. Sin que esto sea una limitante para que se pueda repetir con candidaturas femeninas en dos o más elecciones.

REFORMA EN TOPES DE CAMPAÑA EN COAHUILA

Otra de las reformas se refiere a los topes de gastos de campaña, que en el caso de la elección de gobernador sube de 19 a 50 millones de pesos.

En cuanto a la elección de diputados, el tope de gastos quedará en aproximadamente 3 millones de pesos.

En el tema de la representación proporcional en el Congreso del Estado, se aprobaron cambios para evitar que los partidos que integren una coalición, no estén sobrerrepresentados o subrepresentados.

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