/ lunes 29 de abril de 2024

SCJN avala modificaciones a Ley de Hidrocarburos de 2021

Las reformas permiten que la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Hidrocarburos revoquen permisos cuando las empresas no cumplan los requisitos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales reformas a la Ley de Hidrocarburos, aprobadas por el Poder Legislativo y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de mayo de 2021.

La mayoría de los ministros decidieron votar a favor el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan sobre la validez de los artículos 51, fracción III; 53, párrafo segundo; 57 y 59 bis, así como los artículos Cuarto y Sexto transitorios, de dicha ley.

Los senadores del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano impugnaron dichas modificaciones y llevaron su queja ante el máximo tribunal constitucional del país. Los senadores pidieron declarar la invalidez argumentando que se transgrede el principio de libre competencia y la concurrencia.

El ministro Pérez Dayán explicó que “la disposición no implicaba una amenaza para los actuales participantes en el mercado, ni tampoco una barrera de entrada para los posibles interesados’’, haciendo referencia a la manera en la que Pemex participa en el mercado de hidrocarburos, sobre exploración y extracción de petróleo; y de los demás hidrocarburos.

¿En qué consiste la reforma a la Ley de Hidrocarburos?

De acuerdo con el ministro Pérez Dayan, la reforma a la Ley de Hidrocarburos consiste en que los permisionarios conozcan las causas por las cuales la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Hidrocarburos pueden revocarles su permiso, lo que implica que no existe inseguridad jurídica, respecto a las reglas que los permisionarios deben cumplir.

“Esto no permite pensar que la norma es retroactiva, sino que eventualmente en un procedimiento la autoridad podría caer en el vicio de retroactividad lo cual es un tema de legalidad y no de constitucionalidad’’, destacó el ministro Pérez Dayan.

Desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2021, las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos provocaron múltiples amparos promovidos ante el Poder Judicial por parte de empresas que se consideran afectadas por las medidas.

Sin embargo, tribunales y juzgados negaron los recursos de impugnación dado que, consideraron, la entrada en vigor de la reforma no causa perjuicios por sí sola; sino que se requieren actos de las autoridades para poder impugnar.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales reformas a la Ley de Hidrocarburos, aprobadas por el Poder Legislativo y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 4 de mayo de 2021.

La mayoría de los ministros decidieron votar a favor el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayan sobre la validez de los artículos 51, fracción III; 53, párrafo segundo; 57 y 59 bis, así como los artículos Cuarto y Sexto transitorios, de dicha ley.

Los senadores del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano impugnaron dichas modificaciones y llevaron su queja ante el máximo tribunal constitucional del país. Los senadores pidieron declarar la invalidez argumentando que se transgrede el principio de libre competencia y la concurrencia.

El ministro Pérez Dayán explicó que “la disposición no implicaba una amenaza para los actuales participantes en el mercado, ni tampoco una barrera de entrada para los posibles interesados’’, haciendo referencia a la manera en la que Pemex participa en el mercado de hidrocarburos, sobre exploración y extracción de petróleo; y de los demás hidrocarburos.

¿En qué consiste la reforma a la Ley de Hidrocarburos?

De acuerdo con el ministro Pérez Dayan, la reforma a la Ley de Hidrocarburos consiste en que los permisionarios conozcan las causas por las cuales la Secretaría de Energía o la Comisión Nacional de Hidrocarburos pueden revocarles su permiso, lo que implica que no existe inseguridad jurídica, respecto a las reglas que los permisionarios deben cumplir.

“Esto no permite pensar que la norma es retroactiva, sino que eventualmente en un procedimiento la autoridad podría caer en el vicio de retroactividad lo cual es un tema de legalidad y no de constitucionalidad’’, destacó el ministro Pérez Dayan.

Desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2021, las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos provocaron múltiples amparos promovidos ante el Poder Judicial por parte de empresas que se consideran afectadas por las medidas.

Sin embargo, tribunales y juzgados negaron los recursos de impugnación dado que, consideraron, la entrada en vigor de la reforma no causa perjuicios por sí sola; sino que se requieren actos de las autoridades para poder impugnar.

Torreón

Asume la comandancia del Mando Especial de La Laguna el general Pedro Hernández

Asegura que viene a sumar y a fortalecer las operaciones a favor de la seguridad de los laguneros

Local

Frontera y Coahuila no se detienen: Manolo

En Coahuila se llevan a cabo obras de infraestructura en todas las regiones

Futbol

Santos inicia semana con triple sesión de trabajo

El equipo ya se encuentra en el Complejo La Cruz en Allende, Nuevo León

Torreón

Krispy Kreme abre su nueva sucursal en Torreón: ¿en dónde se ubica?

La sucursal estaría en uno de los centros comerciales más concurridos en la región. Te contamos todo de la nueva sucursal de Krispy Kreme en Torreón