/ viernes 3 de marzo de 2023

SCJN invalida Ley Ingrid del Edomex tras impugnación de la CNDH

Esta ley buscaba sancionar la difusión de imágenes de víctimas de violencia

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México aprobado en julio del 2021 y conocido como "Ley Ingrid", por considerar que la redacción no fue la adecuada, pues sancionaba una gran cantidad de conductas.

Ese precepto sancionaba la indebida utilización de imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres relacionados con una investigación penal y la conducta se agravaba cuando dicho material se refiriera a mujeres, niñas o adolescentes, o bien, fuera cometido por una persona servidora pública.

Puedes leer también: Pena máxima a feminicida de Ingrid Escamilla: pasará 70 años en prisión

Las reformas fueron producto de la indignación que causó el caso de Ingrid Escamilla, asesinada en febrero del 2020, pues imágenes de su cadáver fueron difundidas y publicadas por varios medios de comunicación y en redes sociales y fueron propuestas por los grupos parlamentarios de Morena, PRI y PRD.

Las sanciones eran de tres a seis años de prisión para cualquier persona que incurriera en ese ilícito con la posibilidad de aumentar a nueve si se trataba de imágenes de mujeres, niñas o adolescentes, y a 11 años si adicional a eso quien lo cometía trabajaba en el servicio público.

La decisión de la Corte fue resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la cual consideró que ese artículo era violatorio del derecho humano a la seguridad jurídica, así como del principio de legalidad en su vertiente de taxatividad.

De acuerdo con éste, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas como para que las comprendan sus destinatarios y se evite la arbitrariedad por parte de la autoridad.

La Corte estimó adecuada la intención del legislador de proteger a las víctimas a través de tipos penales que condenen el uso indebido de la información referida, sin embargo el Pleno concluyó que la redacción del precepto posibilitaba que cualquier persona actualizara la conducta y fuera sancionada y no sólo personas servidoras públicas.

La declaratoria de invalidez, por tratarse de materia penal, surtirá efectos retroactivos al 17 de agosto de 2021, fecha en la que el artículo impugnado entró en vigor.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

La acción de inconstitucionalidad 136/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México, adicionado mediante Decreto 284, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 16 de agosto de 2021.

En el ámbito federal y en otras entidades también se ha sancionado esa conducta, pero solo para funcionarios públicos.

Publicado en El Sol de Toluca

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México aprobado en julio del 2021 y conocido como "Ley Ingrid", por considerar que la redacción no fue la adecuada, pues sancionaba una gran cantidad de conductas.

Ese precepto sancionaba la indebida utilización de imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres relacionados con una investigación penal y la conducta se agravaba cuando dicho material se refiriera a mujeres, niñas o adolescentes, o bien, fuera cometido por una persona servidora pública.

Puedes leer también: Pena máxima a feminicida de Ingrid Escamilla: pasará 70 años en prisión

Las reformas fueron producto de la indignación que causó el caso de Ingrid Escamilla, asesinada en febrero del 2020, pues imágenes de su cadáver fueron difundidas y publicadas por varios medios de comunicación y en redes sociales y fueron propuestas por los grupos parlamentarios de Morena, PRI y PRD.

Las sanciones eran de tres a seis años de prisión para cualquier persona que incurriera en ese ilícito con la posibilidad de aumentar a nueve si se trataba de imágenes de mujeres, niñas o adolescentes, y a 11 años si adicional a eso quien lo cometía trabajaba en el servicio público.

La decisión de la Corte fue resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la cual consideró que ese artículo era violatorio del derecho humano a la seguridad jurídica, así como del principio de legalidad en su vertiente de taxatividad.

De acuerdo con éste, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas como para que las comprendan sus destinatarios y se evite la arbitrariedad por parte de la autoridad.

La Corte estimó adecuada la intención del legislador de proteger a las víctimas a través de tipos penales que condenen el uso indebido de la información referida, sin embargo el Pleno concluyó que la redacción del precepto posibilitaba que cualquier persona actualizara la conducta y fuera sancionada y no sólo personas servidoras públicas.

La declaratoria de invalidez, por tratarse de materia penal, surtirá efectos retroactivos al 17 de agosto de 2021, fecha en la que el artículo impugnado entró en vigor.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

La acción de inconstitucionalidad 136/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México, adicionado mediante Decreto 284, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 16 de agosto de 2021.

En el ámbito federal y en otras entidades también se ha sancionado esa conducta, pero solo para funcionarios públicos.

Publicado en El Sol de Toluca

Torreón

Nuevas Obras de Agua Saludable en Torreón, aún sin autorización municipal

Aún no hay un trazo definitivo que continúe la instalación de la tubería principal de conducción

Torreón

Termina reconstrucción del pavimento en Valle Oriente

Los trabajos subsanaron el deterioro que presentaba la carpeta asfáltica en cinco calles

Torreón

Retoma Protección Civil la vigilancia preventiva en canales de riego

El objetivo es evitar incidentes de consecuencias lamentables

Gossip

Dani Flow en concierto en la Plaza de Toros Torreón

Confirman evento del cantante de reguetón alternativo para el 14 de julio

Deportes

¡Tijuana sale domado del Revolución! Unión Laguna se queda con el primero de la serie frente a Toros

Las acciones se reanudarán mañana en punto de las 18:00 horas en el parque de la Revolución

Elecciones 2024

Si quieren sacar a Morena, Xóchitl Gálvez debería declinar: Álvarez Máynez

Jorge Álvarez Máynez sostiene que su candidatura le da voz a las personas que están fuera de la polarización entre Morena y el PRIAN