/ martes 27 de febrero de 2024

Propone Paty Jiménez de 4 a 10 años prisión por robo de equipamiento urbano

En muchas ocasiones se pone en riesgo la vida de los ciudadanos: diputada

A fin de sancionar el robo de equipamiento y/o mobiliario urbano con una pena de cuatro a 10 años de prisión, la diputada Paty Jiménez Delgado, presentó la iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, ya que en muchas ocasiones se pone en riesgo la vida de los ciudadanos.

Durante la sesión ordinaria, comentó que en los últimos años, de manera desafortunada y visible para todos, se ha perjudicado el patrimonio municipal debido a la sustracción y destrucción de piezas de ornamento urbano, como es el caso de las obras de escultura metálicas, así como las estrellas que fueron colocadas en el paseo de la calle Constitución.

Explicó que la sanción aplica por la sustracción, apoderamiento, comercialización, detentación o posesión de cualquier objeto, parte, componente o material utilizado en la prestación de algún servicio público estatal o municipal tal como el alumbrado, agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, señalización vial o urbana o servicio de limpia, incluyendo cualquier alcantarilla o tapa de registro de alguno de los servicios referidos o cualquier clase de mobiliario o equipamiento urbano, lo que comprende también monumentos, estatuas o placas conmemorativas y aparatos para la práctica deportiva.

“El robo de mobiliario urbano, es una acción antijurídica que, a diferencia de otras, por sí mismo pone en situación de riesgo a la ciudadanía que circula por una calle en la que se ha sustraído alguna señal de alto, o que marque la orientación de la circulación vial y ni qué decir del peligro que representa la ausencia de una tapa de alcantarilla debido a que ha sido robada”, resaltó al realizar la ampliación de motivos.

La legisladora resaltó que el deterioro de un servicio público por el robo del equipamiento respectivo, es un perjuicio que va en contra de la comunidad, toda vez que dichos servicios han sido implementados para alcanzar un bien común y la satisfacción de alguna necesidad de toda la ciudadanía.

En este sentido, informó que varias entidades del país ya cuentan con una normativa al respecto, como es el caso del Código Penal del Estado de Puebla, el Código Penal del Estado de México o el Código Penal para el Estado de Querétaro, por citar algunos.

A fin de sancionar el robo de equipamiento y/o mobiliario urbano con una pena de cuatro a 10 años de prisión, la diputada Paty Jiménez Delgado, presentó la iniciativa de reformas al Código Penal del Estado, ya que en muchas ocasiones se pone en riesgo la vida de los ciudadanos.

Durante la sesión ordinaria, comentó que en los últimos años, de manera desafortunada y visible para todos, se ha perjudicado el patrimonio municipal debido a la sustracción y destrucción de piezas de ornamento urbano, como es el caso de las obras de escultura metálicas, así como las estrellas que fueron colocadas en el paseo de la calle Constitución.

Explicó que la sanción aplica por la sustracción, apoderamiento, comercialización, detentación o posesión de cualquier objeto, parte, componente o material utilizado en la prestación de algún servicio público estatal o municipal tal como el alumbrado, agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, señalización vial o urbana o servicio de limpia, incluyendo cualquier alcantarilla o tapa de registro de alguno de los servicios referidos o cualquier clase de mobiliario o equipamiento urbano, lo que comprende también monumentos, estatuas o placas conmemorativas y aparatos para la práctica deportiva.

“El robo de mobiliario urbano, es una acción antijurídica que, a diferencia de otras, por sí mismo pone en situación de riesgo a la ciudadanía que circula por una calle en la que se ha sustraído alguna señal de alto, o que marque la orientación de la circulación vial y ni qué decir del peligro que representa la ausencia de una tapa de alcantarilla debido a que ha sido robada”, resaltó al realizar la ampliación de motivos.

La legisladora resaltó que el deterioro de un servicio público por el robo del equipamiento respectivo, es un perjuicio que va en contra de la comunidad, toda vez que dichos servicios han sido implementados para alcanzar un bien común y la satisfacción de alguna necesidad de toda la ciudadanía.

En este sentido, informó que varias entidades del país ya cuentan con una normativa al respecto, como es el caso del Código Penal del Estado de Puebla, el Código Penal del Estado de México o el Código Penal para el Estado de Querétaro, por citar algunos.

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