/ martes 8 de diciembre de 2020

Reitera REMA nulidad del Proyecto Chemours Laguna

Rueda de prensa ayer en la expoferia

Gómez Palacio, Durango. - Integrantes de la Red Mexicana de Afectados por la Minería y el Frente Unido de Pueblos de la Laguna en Defensa de la Vida y el Territorio, reiteraron la mañana de este martes la decisión del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) el cual considero procedente declarar la nulidad de la resolución de la Semarnat que autoriza el Proyecto Chemours Laguna.

No obstante esperarán que se emita una nueva resolución en la que se analice, evalúe y determine la autoridad referente, si se concede o no la autorización del proyecto, pero para ello deberán conocerse aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones necesarias por parte de la empresa para conocer el impacto ambiental real.

Gustavo Lozano, Julio Martínez Cabrera y Remigio Soto Díaz, encabezaron esta mañana la rueda de prensa para dar a conocer que luego de tres años de sinuoso litigio planteado por las autoridades de las comunidades afectadas, por fin se declaró la nulidad del proyecto, el cual comprende la instalación y operación de una planta química dedicada a la producción de 65 mil toneladas de cianuro de sodio al año para abastecer a la industria mexicana.

Comentaron que este químico es uno de los más potentes del mundo y genera daños irreversibles a la salud y al medio ambiente y su producción frente a la comunidad del El Siete Pueblo Nuevo del municipio de Gómez Palacio, podría afectar el ecosistema circundante o poner en riesgo a las poblaciones vecinas y a la comarca lagunera en su conjunto.

Recordaron que el 2 de marzo del 2017 tampoco fue bienvenido el proyecto en el municipio de Salamanca en Guanajuato.

En lo que se refiere a la Laguna, la autorización de Chemours fue concedida el 8 de mayo del 2017 contenida en el oficio número SGPA/DGIRA/DGO3273, la que nunca debió concederse ya que la manifestación de impacto ambiental presentada por The Company Chemours contiene múltiples irregularidades que incumplen con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, pues presenta información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia falsa con relación a los impactos ambientales, a los documentos y a las fuentes consultadas, así como los riesgos a la salud pública.

Es por ello que el 22 de agosto del mismo año, un grupo de ciudadanos resultaron afectados por el proyecto Chemours Laguna, acudiendo al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a demandar la nulidad de la autorización, ya que al incumplir con lo que establece la ley, además de la ausencia de diversos instrumentos de política ambiental que la misma ley regula, la autorización viola el derecho humano a un medio ambiente sano, consagrado en la Constitución y en diversos tratados internacionales en los que el estado mexicano es parte, señalaron.

Añadieron que para arribar a su determinación, al Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, le fue suficiente el análisis de sólo uno de los diez conceptos de impugnación consignados en la demanda, consistente en la ausencia de información sobre la denominada "terminal" en la que sería recibido, descargado y almacenado el amoniaco que se utiliza como insumo para la producción de cianuro.

Entonces, expusieron, de acuerdo con la sentencia el concepto de impugnación analizado, resultó fundado, toda vez que la falta de información impidió que la autoridad realizara una valorización de riesgo, basada en datos apegados a la realidad y que se tomarán las medidas necesarias para evitar daños ambientales.

En esencia, finalizaron, esta resolución les hace retornar a marzo del 2017 y los coloca en una mejor posición para combatir desde el inicio el proyecto Chemours Laguna.

Gómez Palacio, Durango. - Integrantes de la Red Mexicana de Afectados por la Minería y el Frente Unido de Pueblos de la Laguna en Defensa de la Vida y el Territorio, reiteraron la mañana de este martes la decisión del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) el cual considero procedente declarar la nulidad de la resolución de la Semarnat que autoriza el Proyecto Chemours Laguna.

No obstante esperarán que se emita una nueva resolución en la que se analice, evalúe y determine la autoridad referente, si se concede o no la autorización del proyecto, pero para ello deberán conocerse aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones necesarias por parte de la empresa para conocer el impacto ambiental real.

Gustavo Lozano, Julio Martínez Cabrera y Remigio Soto Díaz, encabezaron esta mañana la rueda de prensa para dar a conocer que luego de tres años de sinuoso litigio planteado por las autoridades de las comunidades afectadas, por fin se declaró la nulidad del proyecto, el cual comprende la instalación y operación de una planta química dedicada a la producción de 65 mil toneladas de cianuro de sodio al año para abastecer a la industria mexicana.

Comentaron que este químico es uno de los más potentes del mundo y genera daños irreversibles a la salud y al medio ambiente y su producción frente a la comunidad del El Siete Pueblo Nuevo del municipio de Gómez Palacio, podría afectar el ecosistema circundante o poner en riesgo a las poblaciones vecinas y a la comarca lagunera en su conjunto.

Recordaron que el 2 de marzo del 2017 tampoco fue bienvenido el proyecto en el municipio de Salamanca en Guanajuato.

En lo que se refiere a la Laguna, la autorización de Chemours fue concedida el 8 de mayo del 2017 contenida en el oficio número SGPA/DGIRA/DGO3273, la que nunca debió concederse ya que la manifestación de impacto ambiental presentada por The Company Chemours contiene múltiples irregularidades que incumplen con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, pues presenta información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia falsa con relación a los impactos ambientales, a los documentos y a las fuentes consultadas, así como los riesgos a la salud pública.

Es por ello que el 22 de agosto del mismo año, un grupo de ciudadanos resultaron afectados por el proyecto Chemours Laguna, acudiendo al Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a demandar la nulidad de la autorización, ya que al incumplir con lo que establece la ley, además de la ausencia de diversos instrumentos de política ambiental que la misma ley regula, la autorización viola el derecho humano a un medio ambiente sano, consagrado en la Constitución y en diversos tratados internacionales en los que el estado mexicano es parte, señalaron.

Añadieron que para arribar a su determinación, al Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, le fue suficiente el análisis de sólo uno de los diez conceptos de impugnación consignados en la demanda, consistente en la ausencia de información sobre la denominada "terminal" en la que sería recibido, descargado y almacenado el amoniaco que se utiliza como insumo para la producción de cianuro.

Entonces, expusieron, de acuerdo con la sentencia el concepto de impugnación analizado, resultó fundado, toda vez que la falta de información impidió que la autoridad realizara una valorización de riesgo, basada en datos apegados a la realidad y que se tomarán las medidas necesarias para evitar daños ambientales.

En esencia, finalizaron, esta resolución les hace retornar a marzo del 2017 y los coloca en una mejor posición para combatir desde el inicio el proyecto Chemours Laguna.

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