En Gómez Palacio existen 53 gasolineras y 26 estaciones de gas carburación debidamente reguladas, las cuales son objeto de revisión dos veces por año por Protección Civil, bajo el respaldo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del sector Hidrocarburos a través de la norma Oficial Mexicana NOM-005-ASEA-2016.
Para un mejor funcionamiento y seguridad de la comunidad, se revisa el diseño, construcción, operación y mantenimiento de este tipo de estaciones de servicio para el almacenamiento y expendios de diésel, de gasolina y gas, dijo el director de Protección Civil en Gómez Palacio, José Miguel Martínez Mejía.
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En esta administración sólo hubo una solicitud para establecer una gasolinera en Gómez Palacio y a pesar de que se liberó el uso de suelo no se inició el proceso de construcción por distintos motivos de los empresarios, dijo.
Añadió que cada estación de servicio de estos tres distintos rubros tienen que cumplir con el programa interno de Protección Civil tal como lo establece el antes, el durante y el después, de lo contrario no podrán operar y por lo tanto son objeto de revisión 2 veces por año.
De acuerdo a las reglas, afirmó, el área de despacho de combustible se debe ubicar a una distancia de 15 metros medidos a partir del eje vertical del dispensario con respecto a los lugares de concentración pública, así como del sistema de transporte colectivo u cualquier otro sistema de transporte electrificado.
En los últimos años no se ha presentado algún problema de consecuencias funestas en alguna gasolinera o despachadora de gas, lo que quiere decir que se cumple con la prevención y con las reglas de operación tanto al interior como exterior en el aspecto de restricciones.
A la vez, deben tener señalamientos para entrada y salidas y por supuesto extintores a la vista de todos, además de que se debe cumplir con las normas de seguridad al momento de despachar el combustible y para ello, debe estar bien capacitado el personal de trabajo, expuso.
También recordó Martínez Mejía, que los tanques de almacenamiento de la estación de servicio deben estar ubicados a una distancia de 30 metros con respecto a las antenas de radiodifusión o radiocomunicación, antenas repetidoras, líneas de alta tensión, vías férreas y ductos que transportan productos derivados de petróleo.
Dicha distancia se debe medir tomando como referencia la tangente de almacenamiento de la estación de servicio.
Externó que las estaciones de servicio que se encuentren al margen de carreteras, se ubicarán fuera del derecho de vía de las autopistas o carreteras de acuerdo a los lineamientos de la norma oficial.
"Hasta el momento, todas han cumplido con las expectativas y normas de seguridad y en cuanto a incendios o explosiones, ninguna ha sucedido en lo que va de la presente administración municipal", subrayó.