/ martes 14 de noviembre de 2023

Aprueba el Congreso sanciones severas a quien maltrate a los animales

Estas se integran al Código Penal del Estado

Quienes realicen actos de crueldad en contra de seres sintientes (los animales), incluidas peleas entre sí, así como cirugías no necesarias, recibirán castigos más severos al quedar establecidos en el Código Penal del Estado para lo cual el Congreso aprobó un paquete de reformas a dicho ordenamiento legal.

El dictamen en este sentido se incluyen nuevas disposiciones al Artículo 261 del Código mencionado, para aplicar sanciones mayores a los delitos contra los seres sintientes que afectan su derecho de una vida libre de violencia.

Se establece que los castigos se aplicarán cuando se ejerza crueldad en contra de ellos, por lo que se impondrá una sanción de dos a cuatro años de prisión y de cien a quinientos días multa, así como el decomiso de todos los animales que pudieran tener bajo su cuidado o resguardo.

Mientras que dentro de las conductas consideradas como crueldad y que podrían ser consideras como delitos, está abandono en vía pública, en el campo o en sitios aislados; el azuzamiento que provoque dolor extremo, así como usar algún instrumento que le provoque dolores o lesiones innecesarias, para que realice algún trabajo.

También se contemplan sanciones a quienes los mutilen con intervención quirúrgica sin anestesia, pero se precisa que no será punible la mutilación de un ser sintiente que se realice para marcarlo o castrarlo, por su higiene, o por motivos de piedad.

Dentro de las otras sanciones que se aplicarán son para quienes aplique lesiones con fines perversos a un ser sintiente por medio de cualquier arma, instrumento, objeto, medio o método, por venganza, odio o diversión.

Pero asimismo hay algunas conductas que se pueden considerar como agravantes para los delitos de crueldad a un ser sintiente, por lo que se aumenta en este caso la mitad de los mínimos y los máximos de las penas antes señaladas.

Quienes realicen actos de crueldad en contra de seres sintientes (los animales), incluidas peleas entre sí, así como cirugías no necesarias, recibirán castigos más severos al quedar establecidos en el Código Penal del Estado para lo cual el Congreso aprobó un paquete de reformas a dicho ordenamiento legal.

El dictamen en este sentido se incluyen nuevas disposiciones al Artículo 261 del Código mencionado, para aplicar sanciones mayores a los delitos contra los seres sintientes que afectan su derecho de una vida libre de violencia.

Se establece que los castigos se aplicarán cuando se ejerza crueldad en contra de ellos, por lo que se impondrá una sanción de dos a cuatro años de prisión y de cien a quinientos días multa, así como el decomiso de todos los animales que pudieran tener bajo su cuidado o resguardo.

Mientras que dentro de las conductas consideradas como crueldad y que podrían ser consideras como delitos, está abandono en vía pública, en el campo o en sitios aislados; el azuzamiento que provoque dolor extremo, así como usar algún instrumento que le provoque dolores o lesiones innecesarias, para que realice algún trabajo.

También se contemplan sanciones a quienes los mutilen con intervención quirúrgica sin anestesia, pero se precisa que no será punible la mutilación de un ser sintiente que se realice para marcarlo o castrarlo, por su higiene, o por motivos de piedad.

Dentro de las otras sanciones que se aplicarán son para quienes aplique lesiones con fines perversos a un ser sintiente por medio de cualquier arma, instrumento, objeto, medio o método, por venganza, odio o diversión.

Pero asimismo hay algunas conductas que se pueden considerar como agravantes para los delitos de crueldad a un ser sintiente, por lo que se aumenta en este caso la mitad de los mínimos y los máximos de las penas antes señaladas.

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