/ miércoles 29 de septiembre de 2021

Agregan sentencia de la SCJN al Código Penal de Coahuila y se despenaliza el aborto

El aborto dejó de ser más un delito en el estado de Coahuila tras la resolución de los ministros de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación

El Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza fue modificado en cumplimiento de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el agregado de algunos párrafos, por lo que de manera oficial el aborto no será más penalizado en la entidad.

En la más reciente actualización de la normativa mencionada puede leerse, debajo del Artículo 196, que trataba el aborto autoprocurado o consentido con una sanción de hasta tres años en prisión, lo siguiente:

“El Artículo 196, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, expedido mediante el Decreto Número 990 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, fue declarado inválido por sentencia de la SCJN, en el expediente relativo a la Acción de Inconstitucionalidad No. 148/2017”.

Como se recordará, fue el pasado 7 de septiembre cuando ministros de la SCJN votaron a favor, de manera unánime, la descriminalización del aborto en Coahuila, discusión que partió del expediente 148/2017 de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) por acción inconstitucional contra el Código Penal de Coahuila.

En esa ocasión, por la que 10 miembros del Tribunal Pleno se declararon a favor de la acción legal de la PGR se invalidó el ya citado Artículo 196, una parte del 198, en la que se impedía a la mujer ser asistida por personal sanitario para realizarse un aborto voluntario, así como el Artículo 199, que limitaba a 12 semanas la posibilidad de abortar, en aquella ocasión, por casos de violación, inseminación o implantación artificial.

Debido a lo anterior, párrafos similares a los citados anteriormente fueron también publicados de manera oficial en los artículos 198 y 199, en los que se hace referencia a la declaración de invalidez por sentencia de la SCJN.

Con la modificación del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza, derivado de la adición de párrafos tras la decisión de la Suprema Corte, el aborto en esta entidad no podrá ser más penalizado.

El Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza fue modificado en cumplimiento de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el agregado de algunos párrafos, por lo que de manera oficial el aborto no será más penalizado en la entidad.

En la más reciente actualización de la normativa mencionada puede leerse, debajo del Artículo 196, que trataba el aborto autoprocurado o consentido con una sanción de hasta tres años en prisión, lo siguiente:

“El Artículo 196, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, expedido mediante el Decreto Número 990 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, fue declarado inválido por sentencia de la SCJN, en el expediente relativo a la Acción de Inconstitucionalidad No. 148/2017”.

Como se recordará, fue el pasado 7 de septiembre cuando ministros de la SCJN votaron a favor, de manera unánime, la descriminalización del aborto en Coahuila, discusión que partió del expediente 148/2017 de la entonces Procuraduría General de la República (PGR) por acción inconstitucional contra el Código Penal de Coahuila.

En esa ocasión, por la que 10 miembros del Tribunal Pleno se declararon a favor de la acción legal de la PGR se invalidó el ya citado Artículo 196, una parte del 198, en la que se impedía a la mujer ser asistida por personal sanitario para realizarse un aborto voluntario, así como el Artículo 199, que limitaba a 12 semanas la posibilidad de abortar, en aquella ocasión, por casos de violación, inseminación o implantación artificial.

Debido a lo anterior, párrafos similares a los citados anteriormente fueron también publicados de manera oficial en los artículos 198 y 199, en los que se hace referencia a la declaración de invalidez por sentencia de la SCJN.

Con la modificación del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza, derivado de la adición de párrafos tras la decisión de la Suprema Corte, el aborto en esta entidad no podrá ser más penalizado.

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