/ miércoles 14 de febrero de 2024

Se acerca declaración anual para Personas Morales: conoce la fecha límite

¿Qué necesitan las personas morales para presentar su declaración anual?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó la campaña de la declaración anual para personal morales, teniendo como fecha límite el 1 de abril, según se explicó la mañana de este miércoles en la conferencia de prensa que se realizó en las instalaciones del SAT.

Fue el Mtro. Alberto Báez Castro, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente y la CP Marcela Garrido Garza, Administradora Desconcentrada de Recaudación del SAT quienes informaron lo anterior.

Báez Castro destacó que los primeros meses del año, una de las obligaciones fiscales que tienen los contribuyentes es la declaración anual y empieza con las personas morales. “Durante los meses de enero, febrero y marzo es cuando pueden presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio anterior, en este caso la del 2023, teniendo como fecha límite el 31 de marzo. Pero al caer en un día de Semana Santa, el código fiscal de la federación establece que si la fecha de vencimiento cae en un día inhábil o en fin de semana se prorroga al siguiente día hábil, por eso este año tendrán hasta el 1 de abril para presentar su declaración anual”.

Explicó que las personas morales con fines no lucrativos o quienes buscan no tener ganancias, ellas tienen como fecha límite este 15 de febrero. Ellos presentan una declaración informativa en donde manifiestan sus ingresos y sus gastos que realizaron y si hubo un remanente en esos ingresos que tuvieron.

¿Pero qué necesitan las personas morales para presentar su declaración anual?, se le cuestionó, al que respondió, “Contar con su RFC y su firma electrónica vigente, que tengan sus archivos certificados y su archivo llave y contraseña”.

Dijo además que ahora es un buen tiempo para tramitar con cita previa si no tienen archivo o contraseña y renovar firma electrónica. “Si esta por vencer se puede hacer en línea, no es necesario ir”.

Reiteró la importancia de contar con información de ingresos y deducciones. “Que tengan el coeficiente de utilidad al corriente y tener una cuenta de portal bancario por si tienen un importe que pagar”.

El SAT comenzó la campaña de la Declaración Anual para personal Morales, teniendo como fecha límite el 1 de abril. / Foto: Marcela Delgado | El Sol de La Laguna

Los contribuyentes deben estar al corriente en el pago de sus contribuciones, con sus contribuciones mensuales a cuenta de su aporte anual. Pagos de retenciones de IVA, arrendamientos y honorarios. Además el año pasado inició el régimen de confianza en donde se tiene la obligación de hacer una retención.

“Las personas morales sin fines de lucro, de acuerdo al régimen del que fueron clasificados deben presentar su declaración anual de acuerdo al formato que les corresponde”.

Por otro lado, Marcela Garrido Garza explicó que para esta declaración hay mejoras en el aplicativo, señalando lo siguiente, “las actualizaciones y mejoras de este año es que se podrán agregar pérdidas fiscales para amortizar, siempre y cuando provengan del ejercicio 2013 al 2021. Se incluye la primera y la segunda actualización de la perdida fiscal por amortizar”.

Se eliminaron dos estados financieros, el estado de flujo de efectivo y el estado de cambios en el capital contable, la cual esta precargada en la actualización.

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Se incluyen a las personas que fueron afectadas por el huracán OTIS y se renovaron estados financieros al visualizarlos.

En enero se presentaron en todo el país 17062 declaraciones, mientras que en el 2022 había 6012 declaraciones y en lo que va hasta el 11 de febrero 15666 declaraciones presentadas en el año anterior que fueron 11036, van un 92 por ciento más que el período anterior.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó la campaña de la declaración anual para personal morales, teniendo como fecha límite el 1 de abril, según se explicó la mañana de este miércoles en la conferencia de prensa que se realizó en las instalaciones del SAT.

Fue el Mtro. Alberto Báez Castro, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente y la CP Marcela Garrido Garza, Administradora Desconcentrada de Recaudación del SAT quienes informaron lo anterior.

Báez Castro destacó que los primeros meses del año, una de las obligaciones fiscales que tienen los contribuyentes es la declaración anual y empieza con las personas morales. “Durante los meses de enero, febrero y marzo es cuando pueden presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio anterior, en este caso la del 2023, teniendo como fecha límite el 31 de marzo. Pero al caer en un día de Semana Santa, el código fiscal de la federación establece que si la fecha de vencimiento cae en un día inhábil o en fin de semana se prorroga al siguiente día hábil, por eso este año tendrán hasta el 1 de abril para presentar su declaración anual”.

Explicó que las personas morales con fines no lucrativos o quienes buscan no tener ganancias, ellas tienen como fecha límite este 15 de febrero. Ellos presentan una declaración informativa en donde manifiestan sus ingresos y sus gastos que realizaron y si hubo un remanente en esos ingresos que tuvieron.

¿Pero qué necesitan las personas morales para presentar su declaración anual?, se le cuestionó, al que respondió, “Contar con su RFC y su firma electrónica vigente, que tengan sus archivos certificados y su archivo llave y contraseña”.

Dijo además que ahora es un buen tiempo para tramitar con cita previa si no tienen archivo o contraseña y renovar firma electrónica. “Si esta por vencer se puede hacer en línea, no es necesario ir”.

Reiteró la importancia de contar con información de ingresos y deducciones. “Que tengan el coeficiente de utilidad al corriente y tener una cuenta de portal bancario por si tienen un importe que pagar”.

El SAT comenzó la campaña de la Declaración Anual para personal Morales, teniendo como fecha límite el 1 de abril. / Foto: Marcela Delgado | El Sol de La Laguna

Los contribuyentes deben estar al corriente en el pago de sus contribuciones, con sus contribuciones mensuales a cuenta de su aporte anual. Pagos de retenciones de IVA, arrendamientos y honorarios. Además el año pasado inició el régimen de confianza en donde se tiene la obligación de hacer una retención.

“Las personas morales sin fines de lucro, de acuerdo al régimen del que fueron clasificados deben presentar su declaración anual de acuerdo al formato que les corresponde”.

Por otro lado, Marcela Garrido Garza explicó que para esta declaración hay mejoras en el aplicativo, señalando lo siguiente, “las actualizaciones y mejoras de este año es que se podrán agregar pérdidas fiscales para amortizar, siempre y cuando provengan del ejercicio 2013 al 2021. Se incluye la primera y la segunda actualización de la perdida fiscal por amortizar”.

Se eliminaron dos estados financieros, el estado de flujo de efectivo y el estado de cambios en el capital contable, la cual esta precargada en la actualización.

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Se incluyen a las personas que fueron afectadas por el huracán OTIS y se renovaron estados financieros al visualizarlos.

En enero se presentaron en todo el país 17062 declaraciones, mientras que en el 2022 había 6012 declaraciones y en lo que va hasta el 11 de febrero 15666 declaraciones presentadas en el año anterior que fueron 11036, van un 92 por ciento más que el período anterior.

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