/ martes 31 de octubre de 2023

¿Deber aún después de muerto? Esto pasa con tus deudas al morir

Expertos en finanzas han señalado que entre el 1 y el 2 por ciento de las deudas en cartera vencida pertenecen a individuos que han fallecido

La llegada de "la huesuda" no necesariamente implica que las preocupaciones financieras desaparezcan por completo. En el marco del Día de Muertos, que se celebra los días 1 y 2 de noviembre, el tema de las deudas que deja una persona fallecida adquiere una relevancia especial.

Expertos en finanzas han señalado que entre el 1 y el 2 por ciento de las deudas en cartera vencida pertenecen a individuos que han fallecido. Por lo tanto, comprender las responsabilidades legales relacionadas con estas deudas es esencial para abordar adecuadamente esta cuestión, ya sea frente a instituciones financieras o agencias de cobranza.

La situación puede variar en cada caso, ya que la complejidad financiera desempeña un papel fundamental en el proceso de pago. Este proceso dependerá del tipo de deuda, la institución financiera con la que se contrajo la deuda y la persona encargada de liquidarla.

Lo primero que debe hacerse en caso de fallecimiento de un deudor es contactar a las instituciones financieras donde existen deudas y notificar el deceso. Estas instituciones seguirán el procedimiento correspondiente y comunicarán al solicitante si existe la obligación de liquidar la deuda según sus responsabilidades legales.

En la mayoría de los casos, la responsabilidad de saldar las deudas recae en el patrimonio del fallecido, y se busca que sus activos cubran sus pasivos. Aunque nadie está obligado a pagar las deudas de una persona fallecida, algunos familiares y cónyuges sí tienen responsabilidades legales, según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Después del fallecimiento, se permite la realización de un inventario de bienes para determinar el valor del patrimonio disponible para pagar la deuda. El objetivo es que la deuda se liquide con los recursos del patrimonio, pero si estos resultan insuficientes, se buscarán otras soluciones, como la herencia.

La administración del patrimonio personal recae en el albacea, y en caso de no existir un testamento que designe uno, se designará a un administrador que controlará los activos y asumirá la responsabilidad de saldar las deudas si los activos no son suficientes. En la mayoría de los casos, esta administración recae en la pareja o los hijos de la persona fallecida, quienes eventualmente heredarán las deudas.

Condusef también señala que si una persona es co-firmante de la deuda, albacea o un obligado solidario, como un aval o fiador, existe la obligación de pago.

Según estadísticas, el 80 por ciento de las deudas financieras que deja una persona fallecida y el 90 por ciento de las deudas bancarias son pagadas por los hijos. En lo que respecta a las deudas departamentales, no solo deben ser pagadas, sino que continúan generando intereses incluso después de la muerte de la persona. En el 95 por ciento de los casos, nuevamente, es el titular designado quien está obligado a cubrir la deuda.

En muchas ocasiones, las agencias de cobranza pueden convertirse en aliados útiles al ofrecer opciones flexibles para renegociar las deudas, aliviando la carga administrativa y financiera, así como la carga emocional que conlleva lidiar con las deudas dejadas por un ser querido.

En resumen, aunque no existe una guía estándar sobre qué sucede con las deudas cuando alguien fallece, es fundamental comunicarse con las instituciones financieras para informar el deceso del titular y evaluar si las deudas pueden ser condonadas o no debido a la muerte. La comprensión de las responsabilidades legales y las soluciones disponibles es crucial para enfrentar esta situación de manera efectiva.

La llegada de "la huesuda" no necesariamente implica que las preocupaciones financieras desaparezcan por completo. En el marco del Día de Muertos, que se celebra los días 1 y 2 de noviembre, el tema de las deudas que deja una persona fallecida adquiere una relevancia especial.

Expertos en finanzas han señalado que entre el 1 y el 2 por ciento de las deudas en cartera vencida pertenecen a individuos que han fallecido. Por lo tanto, comprender las responsabilidades legales relacionadas con estas deudas es esencial para abordar adecuadamente esta cuestión, ya sea frente a instituciones financieras o agencias de cobranza.

La situación puede variar en cada caso, ya que la complejidad financiera desempeña un papel fundamental en el proceso de pago. Este proceso dependerá del tipo de deuda, la institución financiera con la que se contrajo la deuda y la persona encargada de liquidarla.

Lo primero que debe hacerse en caso de fallecimiento de un deudor es contactar a las instituciones financieras donde existen deudas y notificar el deceso. Estas instituciones seguirán el procedimiento correspondiente y comunicarán al solicitante si existe la obligación de liquidar la deuda según sus responsabilidades legales.

En la mayoría de los casos, la responsabilidad de saldar las deudas recae en el patrimonio del fallecido, y se busca que sus activos cubran sus pasivos. Aunque nadie está obligado a pagar las deudas de una persona fallecida, algunos familiares y cónyuges sí tienen responsabilidades legales, según la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Después del fallecimiento, se permite la realización de un inventario de bienes para determinar el valor del patrimonio disponible para pagar la deuda. El objetivo es que la deuda se liquide con los recursos del patrimonio, pero si estos resultan insuficientes, se buscarán otras soluciones, como la herencia.

La administración del patrimonio personal recae en el albacea, y en caso de no existir un testamento que designe uno, se designará a un administrador que controlará los activos y asumirá la responsabilidad de saldar las deudas si los activos no son suficientes. En la mayoría de los casos, esta administración recae en la pareja o los hijos de la persona fallecida, quienes eventualmente heredarán las deudas.

Condusef también señala que si una persona es co-firmante de la deuda, albacea o un obligado solidario, como un aval o fiador, existe la obligación de pago.

Según estadísticas, el 80 por ciento de las deudas financieras que deja una persona fallecida y el 90 por ciento de las deudas bancarias son pagadas por los hijos. En lo que respecta a las deudas departamentales, no solo deben ser pagadas, sino que continúan generando intereses incluso después de la muerte de la persona. En el 95 por ciento de los casos, nuevamente, es el titular designado quien está obligado a cubrir la deuda.

En muchas ocasiones, las agencias de cobranza pueden convertirse en aliados útiles al ofrecer opciones flexibles para renegociar las deudas, aliviando la carga administrativa y financiera, así como la carga emocional que conlleva lidiar con las deudas dejadas por un ser querido.

En resumen, aunque no existe una guía estándar sobre qué sucede con las deudas cuando alguien fallece, es fundamental comunicarse con las instituciones financieras para informar el deceso del titular y evaluar si las deudas pueden ser condonadas o no debido a la muerte. La comprensión de las responsabilidades legales y las soluciones disponibles es crucial para enfrentar esta situación de manera efectiva.

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