Gastos de fin de año, cuesta de enero o cualquier otra razón puede necesitar acceder a recursos extras. Una opción que tienen los derechohabientes del Infonavit es la posibilidad de solicitar los recursos de tu cuenta sin necesidad de estar pensionado. Así lo puedes hacer.
A la fecha, existen diversas causas por las que una persona podría acceder a los recursos que se encuentran en el fondo de la Subcuenta de Vivienda, la cual se forma gracias a las aportaciones que se realiza de forma bimestral tu patrón. Esto corresponde al 5% del salario diario integrado cada dos meses.
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En este sentido, los ahorros podrán solicitarse siempre y cuando no los haya ocupado antes para alguna vivienda. Pero ¿qué necesito para solicitarlo? Te contamos.
¿En que casos puedo retirar mi dinero del Infonavit?
- Aquellos que deba pensionarse de manera anticipada por cuestiones de salud, ya sea de manera permanente o parcial.
- Trabajadores independientes que en algún momento cotizaron para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Según el artículo 37 de la Ley del Infonavit, al cumplirse 10 años de ser exigible el derecho a la devolución de la Subcuenta de Vivienda, los recursos disponibles pasarán a formar parte de una reserva financiera administrada por el Infonavit.
Estos recursos podrán ser solicitados por el titular o su(s) beneficiarios en cualquier momento, cumpliendo con las regulaciones y requisitos vigentes en ese momento.
¿Cómo solicitar la devolución?
- Ingresar al portal de Mi Cuenta Infonavit.
- Una vez ahí, seleccionar el apartado denominado “devolución de mis ahorros”.
- Se le asignará una cita a la cual deberá llegar con la siguiente documentación: Registro Federal del Contribuyente (RFC); Clave Única de Registro de Población (CURP) y Número de Seguridad Social (NSS).
- En caso de contar con recursos disponibles y estar pensionado bajo el régimen 73, podrá solicitar la devolución a través de la plataforma de Mi Cuenta Infonavit. En este caso solo deberá contar con su firma electrónica (e.firma), así como una cuenta bancaria a su nombre para aceptar los depósitos.
Si el ciudadano se encuentra pensionado bajo el régimen de la Ley 97, entonces tendrá que realizar el trámite directamente en su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). Según la información, los recursos disponibles serán enviados para sumarse al monto que determinará su pensión.
Por otra parte, será necesario recordar que las aportaciones extraordinarias tienen que ver con un monto voluntario. Es decir, los interesados podrán destinar cierto porcentaje de su salario para inyectarlo en la Subcuenta de Vivienda.