/ viernes 5 de febrero de 2021

Este es el proceso para dar de baja cuentas bancarias y tarjetas de crédito de un fallecido

Es importante reunir la papelería necesaria

La pérdida de un ser querido es, sin duda, un momento muy doloroso para cualquier familia. Los trámites, el sepelio y la cremación o sepultura son algunas de las cuestiones que los deudos deben resolver al ver partir a un ser amado. Ante este escenario tan doloroso, probablemente existe un tema que quizá sea lo último en lo que piensen los deudos: las cuentas bancarias o tarjetas que el finado tenía.

¿Qué pasa en los casos en que el fallecido tenía una o varias tarjetas? Se deben cancelar. Es importante que los familiares o el cónyuge sepan qué hacer y qué documentos presentar ante las entidades financieras. De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los documentos que se requieren para dar de baja la tarjeta de crédito son una copia certificada del acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del difunto y de la persona que realizará el trámite.

La mayoría de estos productos financieros cuentan con un seguro de vida para que en caso de fallecer el titular, los familiares puedan avisar a las instituciones financieras sobre el deceso. La familia no está obligada a saldar las deudas pendientes de la persona que ha fallecido, aunque sí debe notificar el deceso en un plazo no mayor a los 180 días de la muerte.

Citibanamex solicita los siguientes:

  • Original o copia certificada del acta de defunción.
  • INE original del fallecido o dos identificaciones originales válidas como: pasaporte vigente, licencia de manejo mayor a 3 meses de antigüedad, INAPAM, CARNET del IMSS o ISSSTE, o cartilla militar solo hasta los 23 años 11 meses.
  • INE original del solicitante o beneficiario (obligatoria).
  • Carta formato de cancelación de tarjeta de crédito y carta reclamación de seguro de tarjetas de crédito (se pueden solicitar en sucursal).
  • Acta de nacimiento del fallecido
  • .Informe médico de las causas del fallecimiento.

BBVA pide:

  • Acta de defunción del titular (original o copia certificada) .
  • Identificación oficial vigente del solicitante (original) .
  • Carta solicitud de cancelación por fallecimiento (obtener en sucursal) .
  • Es necesario presentar la identificación oficial del titular (en copia y sin importar la vigencia) solamente si se encuentran diferencias entre los datos del acta de defunción y los que se registraron en la contratación de la tarjeta de crédito.

La institución asume cargos como anualidades, comisiones, entre otros, después del fallecimiento del titular. Sin embargo, la institución revisará que no existan transacciones o cargos domiciliados posteriores a la fecha del fallecimiento. Por ello es importante que no uses la tarjeta de tu familiar ni plásticos adicionales que estén vinculados a esta tras el deceso.

El banco no asume cargos por compras, servicios domiciliados, disposiciones de efectivo tras el fallecimiento. En caso de existir cargos realizados con la tarjeta del titular fallecido y plásticos adicionales, estos deben liquidarse por los familiares. Si la tarjeta tiene saldo a favor, la institución lo devuelve a la cuenta vinculada a la tarjeta o a una alterna. Se cancela la tarjeta de crédito para evitar que esta sea blanco de fraudes, clonación y otros delitos.

La pérdida de un ser querido es, sin duda, un momento muy doloroso para cualquier familia. Los trámites, el sepelio y la cremación o sepultura son algunas de las cuestiones que los deudos deben resolver al ver partir a un ser amado. Ante este escenario tan doloroso, probablemente existe un tema que quizá sea lo último en lo que piensen los deudos: las cuentas bancarias o tarjetas que el finado tenía.

¿Qué pasa en los casos en que el fallecido tenía una o varias tarjetas? Se deben cancelar. Es importante que los familiares o el cónyuge sepan qué hacer y qué documentos presentar ante las entidades financieras. De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los documentos que se requieren para dar de baja la tarjeta de crédito son una copia certificada del acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del difunto y de la persona que realizará el trámite.

La mayoría de estos productos financieros cuentan con un seguro de vida para que en caso de fallecer el titular, los familiares puedan avisar a las instituciones financieras sobre el deceso. La familia no está obligada a saldar las deudas pendientes de la persona que ha fallecido, aunque sí debe notificar el deceso en un plazo no mayor a los 180 días de la muerte.

Citibanamex solicita los siguientes:

  • Original o copia certificada del acta de defunción.
  • INE original del fallecido o dos identificaciones originales válidas como: pasaporte vigente, licencia de manejo mayor a 3 meses de antigüedad, INAPAM, CARNET del IMSS o ISSSTE, o cartilla militar solo hasta los 23 años 11 meses.
  • INE original del solicitante o beneficiario (obligatoria).
  • Carta formato de cancelación de tarjeta de crédito y carta reclamación de seguro de tarjetas de crédito (se pueden solicitar en sucursal).
  • Acta de nacimiento del fallecido
  • .Informe médico de las causas del fallecimiento.

BBVA pide:

  • Acta de defunción del titular (original o copia certificada) .
  • Identificación oficial vigente del solicitante (original) .
  • Carta solicitud de cancelación por fallecimiento (obtener en sucursal) .
  • Es necesario presentar la identificación oficial del titular (en copia y sin importar la vigencia) solamente si se encuentran diferencias entre los datos del acta de defunción y los que se registraron en la contratación de la tarjeta de crédito.

La institución asume cargos como anualidades, comisiones, entre otros, después del fallecimiento del titular. Sin embargo, la institución revisará que no existan transacciones o cargos domiciliados posteriores a la fecha del fallecimiento. Por ello es importante que no uses la tarjeta de tu familiar ni plásticos adicionales que estén vinculados a esta tras el deceso.

El banco no asume cargos por compras, servicios domiciliados, disposiciones de efectivo tras el fallecimiento. En caso de existir cargos realizados con la tarjeta del titular fallecido y plásticos adicionales, estos deben liquidarse por los familiares. Si la tarjeta tiene saldo a favor, la institución lo devuelve a la cuenta vinculada a la tarjeta o a una alterna. Se cancela la tarjeta de crédito para evitar que esta sea blanco de fraudes, clonación y otros delitos.

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