Muchas pueden ser las razones o factores que ocasionen retrasos o faltas en tu trabajo. Algunas empresas amenazan con multas, sanciones y hasta el despido si una persona falla, pero ¿esto es legal? ¿Faltar o llegar al trabajo me puede costar el trabajo? Te contamos lo que dice la ley.
Algunos de los motivos por los que una empresa puede decidir despedir a una persona son la impuntualidad y falta de compromiso, pero ¿alguna vez te preguntaste si esto es verdad? Es importante conocer esta información pues hay varios aspectos que debes saber sobre el tema.
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¿Me pueden despedir por faltar un día?
Algo que debes tomar en cuenta es que algunas empresas se toman ciertas libertades de modificar lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT) y adecuarla a sus necesidades. Por lo general esto ocasiona confusión entre los trabajadores, pues no suelen estar familiarizados con las reglas que rigen su empresa.
Hay que dejarlo claro: no te pueden despedir por faltar un día de trabajo. Pero, la Ley Federal del Trabajo establece que si acumular más de tres faltas en un lapso de 30 días puede acarrearte problemas.
En caso de que hayas avisado a tu empleador o cuentes con un justificante médico que avale tu situación de salud, no hay ninguna razón por la que puedan despedirte.
Según el artículo 47 “tres faltas de asistencia en un periodo de 30 días, sin permiso o causa justificada” pueden ocasionar serios problemas en tu trabajo.
¿Qué pasa con los retardos?
La situación con los retardos es un tanto distinta, pues estas pueden ser circunstanciales, ya que factores como el tráfico o cualquier problema con el transporte público pueden ocasionar que llegues tarde a tu destino. Es normal que los trabajo cuenten con un sistema que registre entradas y salidas según los horarios establecidos.
Ante los retardos existen una serie de ‘tolerancias’ que debes tomar en cuenta:
- Si llegas 15 minutos tarde, no habrá consecuencia en tu salario
- Un retardo de 16 a 40 minutos descontará medio día
- De 41 a 60 minutos, verá un descuento de un día por cada retardo
- Del minuto 61 al 90, se descontará el salario del día
- Luego del minuto 91 se descontará un día íntegro de salario.
Como tal, los retardos no son motivo de despido, pero si acarrean descuentos a la nómina según lo explica la ley.