Se mantendrán topes de campaña en 56 mdp en Coahuila

Considerar que no se puede aplicar la acción de inconstitucionalidad en forma retroactiva.

Juan Manuel Contreras | El Sol de La Laguna

  · lunes 30 de enero de 2023

Para este proceso electoral se mantendrá el tope de campaña en 56 millones de pesos, según resolvió el Tribunal Electoral de Coahuila. / Foto: Juan Manuel Contreras | El Sol de La Laguna

El Tribunal Electoral de Coahuila resolvió que se mantendrá vigente una parte de la reforma aprobada en septiembre del año pasado, en lo que se refiere a los topes de precampaña (9 millones de pesos) y de campaña (56 millones de pesos), al considerar que ya había derechos adquiridos de los actores políticos.

De esta manera se resolvieron los expedientes 11 y 12/2023, promovidos por Morena y Unidad Democrática de Coahuila, en contra del Acuerdo 21/2023 del Instituto Electoral de Coahuila, que declaró la vigencia de la reforma electoral aprobada por el Congreso del Estado, pese a la acción de inconstitucionalidad aprobada por la Suprema Corte de Justicia, con la que anuló esos cambios y ordenó la reviviscencia del anterior Código Electoral.

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral dejó sin efecto los temas de la paridad de género y la incorporación de dos diputaciones al Congreso del Estado, que se habían aprobado para los grupos vulnerables.

Los magistrados tomaron esta decisión de validar los acuerdos previos del Instituto Electoral de Coahuila, en función de que la resolución de la SCJN establecía que la acción de inconstitucionalidad surtiría efecto al momento de la notificación al Congreso del Estado, lo que ocurrió el 19 de enero, cuando ya estaba en marcha el período de precampaña (14 de enero) y al momento de resolver este asunto ya son más de 19 días de ese proceso.

La resolución del Tribunal establece que se debe notificar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que se sustenta en la Ley Reglamentaria del Artículo 105 Constitucional, en la que se establecen las condiciones de la aplicación de no retroactividad.

También se debe notificar al Consejo General del IEC, para que junto con el Instituto Nacional Electoral, acaten este criterio, en lo que se refiere a la elaboración del material y documentación electoral.