Aplica Tribunal Superior 190 procedimientos disciplinarios por faltas administrativas

Miriam Cárdenas dejará la presidencia del Tribunal hasta diciembre del 2020

Por: Juan Manuel Contreras

  · martes 9 de julio de 2019

Miriam Cárdenas Cantú, presidenta del TSJ.

Saltillo, Coahuila. - Al subrayar que terminará su gestión al frente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) hasta diciembre del 2020, Miriam Cárdenas Cantú dio a conocer que son alrededor de 190 procedimientos disciplinarios por faltas administrativas, de las cuales algunas son por actos de corrupción en el Poder Judicial y el 15 por ciento corresponde a jueces.

La presidenta del TSJ, precisó que esta estadística corresponde al cierre del mes de junio y no todos los expedientes corresponden a actos de corrupción.

Consideró que estos actos se deben combatir y esto corresponde al Consejo de la Judicatura, porque es el órgano encargado de la vigilancia y disciplina en el Poder Judicial.

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Descartó que con esta estadística exista una crisis de confianza en el Poder Judicial y por ello la intervención del Consejo de la Judicatura, a fin de que cuando existan estas faltas administrativas se puedan sancionar, de acuerdo al marco legal.

Consideró que la falta de credibilidad en las instituciones es generalizada y el Poder Judicial no escapa a esta situación. Por eso la importancia de la función del Consejo de la Judicatura, para la vigilancia, supervisión, disciplina y erradicar cualquier circunstancia que pueda contribuir a generar una percepción de desconfianza en la institución.

RESOLUCIONES PENALES

En el tema de las conductas irregulares de jueces, sobre el fraude cometido en contra de deudores del Infonavit, indicó que el Consejo de la Judicatura presentó las denuncias ante la Fiscalía Especializada en Hechos de Corrupción y habrá que esperar las resoluciones de los juzgados penales.

Explicó que a nivel interno hubo medidas disciplinarias, al separar del cargo a seis jueces y 12 secretarios de acuerdo, a los cuales dos obtuvieron respuesta favorable a la promoción de un amparo.

Además, dijo, todavía no puede concluir el proceso disciplinario, hasta que concluyan los procedimientos de amparo, que promovieron estos trabajadores del Poder Judicial, mientras que en lo penal corresponde a los juzgados citar a audiencia a los implicados.