/ martes 12 de enero de 2021

Esta quincena recibirás más dinero, descubre por qué

Los más beneficiados serán los que ganan entre 5 y 7 mil pesos

La inflación acumulada en 2020 cerró por encima del 10 por ciento, por lo que este 2021 fue necesario el ajusto de las cuotas del Impuesto Sobre Renta (ISR) que se aplican a personas físicas, lo que implica que la retención del gravamen será menor y los asalariados ganarán más dinero.

El ISR es una carga fiscal directa que se aplica a los ingresos obtenidos que incrementen el patrimonio de un contribuyente, por lo que las personas físicas y morales (empresas) están obligadas a pagarlo.

El día de ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la actualización de las tablas que establecen las tarifas del ISR, vigentes en 2021 para las personas físicas, lo que supone la disminución del impuesto en los recibos de nómina.

Es el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 establece las tarifas que aplican para el cálculo del impuesto que pagan las personas físicas, de conformidad con el aumento inflacionario y como lo estipula la Ley del ISR.

La tasa del ISR varía de acuerdo con el nivel de ingresos y el mayor beneficio se reflejará en los renglones con menores salarios; no obstante, habrá un efecto en la tabla completa.

Así pues, una persona que gana alrededor de 15 mil pesos paga una tasa de ISR de 21 por ciento, por lo que del grupo de 15 mil pesos mensuales hacia abajo, será el que tenga mayor parte el beneficio, sobre todo quienes ganan entre cinco y siete mil pesos.

Producto de lo anterior, una persona que ganó en 2020 un promedio de 9 mil 400 pesos, pagó de ISR en promedio 810 pesos. Para 2021 esto se reduciría a 745 pesos.

Pese a ello, se debe tomar en cuenta que con la inflación se está perdiendo poder adquisitivo, lo que quiere decir que las personas pueden comprar menos cosas con la misma cantidad de dinero.

En caso de que desde la primera quincena no se descuente un porcentaje menor de ISR, puedes acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.

La inflación acumulada en 2020 cerró por encima del 10 por ciento, por lo que este 2021 fue necesario el ajusto de las cuotas del Impuesto Sobre Renta (ISR) que se aplican a personas físicas, lo que implica que la retención del gravamen será menor y los asalariados ganarán más dinero.

El ISR es una carga fiscal directa que se aplica a los ingresos obtenidos que incrementen el patrimonio de un contribuyente, por lo que las personas físicas y morales (empresas) están obligadas a pagarlo.

El día de ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la actualización de las tablas que establecen las tarifas del ISR, vigentes en 2021 para las personas físicas, lo que supone la disminución del impuesto en los recibos de nómina.

Es el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 establece las tarifas que aplican para el cálculo del impuesto que pagan las personas físicas, de conformidad con el aumento inflacionario y como lo estipula la Ley del ISR.

La tasa del ISR varía de acuerdo con el nivel de ingresos y el mayor beneficio se reflejará en los renglones con menores salarios; no obstante, habrá un efecto en la tabla completa.

Así pues, una persona que gana alrededor de 15 mil pesos paga una tasa de ISR de 21 por ciento, por lo que del grupo de 15 mil pesos mensuales hacia abajo, será el que tenga mayor parte el beneficio, sobre todo quienes ganan entre cinco y siete mil pesos.

Producto de lo anterior, una persona que ganó en 2020 un promedio de 9 mil 400 pesos, pagó de ISR en promedio 810 pesos. Para 2021 esto se reduciría a 745 pesos.

Pese a ello, se debe tomar en cuenta que con la inflación se está perdiendo poder adquisitivo, lo que quiere decir que las personas pueden comprar menos cosas con la misma cantidad de dinero.

En caso de que desde la primera quincena no se descuente un porcentaje menor de ISR, puedes acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente.

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